Por Qué Mataron al Rocky
Hace unos días los pitbulls de María Valenzuela Careño, que habían previamente dado muerte a mordiscos a su inquilino Ruperto Navarrete, fueron sacrificados. Según La Nación, "la mujer fue detenida por Investigaciones y los canes fueron sacrificados". No siempre ocurre que los dueños de perros agresivos sean detenidos y luego imputados -por cuasi delito de homicidio en este caso- ni que los perros implicados mismos sean sacrificados. El periodista no menciona quién mató a los perros, pese a su potencial como noticia. ¿Los mataron los carabineros? ¿Los detectives de la PDI, que la detuvieron? ¿Familiares de doña María? ¿Vecinos de doña María? ¿Un veterinario? Y, luego, ¿cómo los mataron? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Y qué han hecho con sus cuerpos?
El mortífero ataque de los perros no fue infundado, desde el punto de vista de los animales. Don Ruperto, que la prensa no decide si tenía 67 (según El Austral de Temuco) u 88 años (según, por ejemplo, Radio Cooperativa), que volvía tarde al cuarto que alquilaba en el patio trasero de doña María, no vio a los perros y pisó a uno de ellos. La reacción del pitbull fue inmediata y violenta. No injustificada, pues don Ruperto no sólo invadía el círculo más íntimo de su territorio, sino en realidad le agredía directamente. Muchos humanos reaccionan de la misma manera. Y muchas personas descuidadas o despistadas, que invaden el espacio íntimo de seres humanos, encuentran la muerte en circunstancias similares a las de don Ruperto, pero víctimas de la agresión de otros humanos.
Un vecino que le prestó ayuda, llegó sin embargo demasiado tarde. Los perros no le atacaron (en paislobo.cl).
Los perros no hicieron más que defenderse. El ataque no implica de ningún modo que se volverían agresivos, o que repetirían su agresión. De hecho, no parecen haber sido agresivos, puesto que don Ruperto vivía en el lugar, los conocía y no había sido víctima de ninguna agresión. Y es probable que los perros mismos lo hayan reconocido después del fatal momento de furor, o defensa. La conseja popular de que los perros que prueban sangre humana querrán volver a probarla, no tiene fundamento alguno. Si se actuó sobre la base de supersticiones infundadas, se actuó mal.
Según las informaciones de Radio Cooperativa, fue doña María la que dio muerte a su perro Rocky. Pero no detalla cómo le dio muerte. Agrega la nota que doña María también eliminará a la perra, también pitbull, que también agredió a don Ruperto cuando este yacía moribundo.
Doña María podría ser sentenciada hasta tres años de cárcel, en caso de ser condenada. Según el Código Penal, se aplicarán penas de reclusión en sus grados mínimo a medio o una multa de hasta veinte sueldos vitales "[...] al dueño de animales feroces que, por descuido culpable de su parte, causaren daño a las personas". El cuasidelito se define como un hecho culpable cometido sin la intención de dañar (en el artículo 2284 del Código Civil). Según el artículo 2319, "[...] No son capaces de delito o cuasidelito los menores de siete años ni los dementes; pero serán responsables de los daños causados por ellos las personas a cuyo cargo estén, si pudiere imputárseles negligencia".
Los perros, como se ve, ocupan la misma categoría que los niños menores de siete años y los dementes, y no se les considera responsables ni imputables por sus actos. Si causaran daños a terceros, son sus responsables quienes deben rendir cuentas. Es el caso de doña María.
¿Por qué mató doña María a sus perros? ¿Alguien se lo dijo? ¿Para aplacar su propia ira? ¿Para aplacar la ira de vecinos y posibles familiares de la víctima? ¿Para eludir su responsabilidad? Es muy probable que doña María no haya sabido ni sepa nada sobre la existencia de estos artículos sobre la responsabilidad que cabe a los dueños de perros cuando causan estos daños a terceros. Ahora doña María tiene arraigo nacional y la obligación de firmar mensualmente ante el Ministerio Público, que parece temer que la señora trate de eludir su responsabilidad.
Pero la verdad es que doña María debiese ser procesada, además, por maltrato animal, pues sacrificó a un perro aparentemente sano y sin la intervención de ninguna autoridad sanitaria. En realidad, sólo el seremi de Salud puede ordenar la muerte de un perro y solamente si, tras diez días de observación, se constata que el perro está afectado por la rabia. Es la única causal de muerte de un perro. Toda otra muerte, decretada por otras autoridades o ejecutada por personas ajenas a los servicios sanitarios del seremi de Salud es simplemente ilegal y constituye un delito. Ni las autoridades municipales, ni Carabineros, ni detectives, ni veterinarios ni los dueños de las mascotas tienen atribución alguna para decidir sobre la vida o muerte de un perro o de otras mascotas, propias o ajenas. La propiedad no faculta a los dueños a determinar la muerte de sus mascotas, y menos a ejecutarlas ellas mismas, pues aún en el caso de que el sacrificio de una mascota lo decrete un seremi de Salud deben observarse reglas para que el animal no sufra excesivamente ni -en su eliminación justificada, si tuviese la rabia- se cometa el delito penado por el artículo 291 bis del Código Penal sobre maltrato animal.
Habitualmente las personas que quieren eliminar a sus perros, cuando no son simples energúmenos y matan a sus mascotas ellas mismas, ahorcándolas, a balazos o con venenos, recurren a los servicios de un veterinario, que pone a las mascotas a dormir. Nada justifica tampoco este procedimiento cuando se trata de eliminar a perros sanos. Cuando las municipalidades recogen perros, abandonados o todavía con dueños, para matarlos a petición de sus presuntos dueños, también cometen delito de maltrato, digan lo que digan las autoridades para justificar esos asesinatos.
En muchas municipalidades se justifican estas intervenciones haciendo firmar a los dueños una declaración llamada de ‘entrega voluntaria’, que exime a las autoridades de responsabilidad en la muerte concertada de la mascota. Pero es dudoso que esta exigencia pueda tener bases legales. En primer lugar, no existiendo en Chile la exigencia de certificar la propiedad de las mascotas, cualquiera puede acercarse a un municipio cómplice y pedir que maten a los perros o gatos que lleve alegando que es su dueño y que tiene, por tanto, derecho a solicitar ese servicio. Las municipalidades cometen un delito al aceptar como válidas estas declaraciones de propiedad, pues los presuntos dueños no tienen cómo demostrar que son dueños legítimos de las mascotas cuya propiedad reclaman. Bien pudiesen ser los perros del vecino, o simplemente recogidos de la calle tras ser abandonados.
Considerando que según una disposición antigua, pero que algunos jueces todavía aplican, las mascotas son cosas, cuando alguien, una persona o municipalidad acepta de buenas a primeras una mascota, para el propósito que sea, sin la certificación de propiedad adecuada, comete delito de receptación, que según el artículo 456 bis A del Código Penal, consiste en que "el que conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, tenga en su poder, a cualquier título, especies hurtadas o robadas, o las compre, venda o comercialice en cualquier forma, aun cuando ya hubiese dispuesto de ellas".
En algunos otros casos conocidos, en que perros han causado la muerte de personas, se ha procedido de otro modo. A Kayser, una mestiza de doberman y pastor alemán que mató a una niña en su andador en Santiago en octubre de 2008, Carabineros la rescató de la familia que planeaba quemarla viva para vengar la muerte de la pequeña. Kayser fue internada en dependencias del Instituto de Salud Pública de Puente Alto para ser observada durante los diez días que exige la ley. No recuerdo que haya aparecido nada sobre este perro en la prensa posteriormente. Pero nada indica que haya tenido rabia y debe, por tanto, estar viva en el nuevo hogar adoptivo que le había ofrecido la Coalición por el Control Ético de la Fauna Urbana (CEFU) (la historia de Kayser la conté en este enlace).
También existen casos similares a los de doña María. En Antofagasta, en abril de 2009, los vecinos pagaron la eutanasia (presuntamente a un veterinario) de un pitbull de un vecino que había atacado a una mujer (en La Tercera). No sé si se emprendieron acciones judiciales contra ellos.
Como el caso de Kayser, existen algunos otros precedentes judiciales en que la propiedad de las mascotas y animales no permite que sus dueños hagan con ellos lo que les plazca y menos someterlos a maltratos y violencias. Uno de los más conocidos es el caso de los caballos de San Antonio, cuyo dueño fue denunciado por maltrato animal por sus vecinos, demanda que fue acogida por el tribunal. No sé, sin embargo, qué ha ocurrido posteriormente (consúltese el enlace anterior). Otro caso es el de la gatita de Concepción, uno de cuyos dueños -pues era de propiedad colectiva- la mató a patadas y fue luego procesado y condenado.
Así que lo que hizo doña María francamente no tiene ninguna justificación y es una violación flagrante del artículo que sanciona el maltrato animal, que según algunas interpretaciones recientes no se comete solamente cuando se ejecuta a animal causándole dolor físico innecesario sino simplemente cuando se lo elimina estando sano, sea el método de su muerte el llamado indoloro o no. Simplemente, doña María no tenía derecho a matar a Rocky.1
2
Este incidente ha vuelto a encender la hoguera del debate sobre las razas llamadas peligrosas y sobre el peligro que representan los perros. No voy más que a tocar brevemente este debate, que se viene prolongando por varios años, en varios países, y que cuenta con una impresionante literatura secundaria. La semana pasada el diario de Chillán, Chile, La Discusión, publicó una entrevista con Fernando González Schnake, vicedecano de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Católica en Chillán, en la que este profesor pregona abiertamente el exterminio de los perros, aparentemente de todos los perros y en especial de los abandonados o callejeros porque, según dice, portan enfermedades que pueden contagiar a los seres humanos. Además, los perros callejeros, dice este profesional, "son un índice de subdesarrollo. Hay que eliminarlos". Lamenta que haya organizaciones que se opongan al exterminio, aunque propone que este sea "humanitario".
Imagino que la lógica que exhibe González le permitiría abogar por el exterminio de muchas especies animales, y hasta quizás de la especie humana misma, porque es difícil imaginar una especie que de algún modo y en algún momento no constituya un peligro potencial para los humanos, sea por su natural peligrosidad, como un puma, por ejemplo, hasta las apacibles vacas, que pueden transmitirnos cosas como el llamado mal de las vacas locas. Y considerando que el peor enemigo del hombre es el propio hombre, ¿no sería mejor considerar la eliminación de la especie humana misma?
El vicedecano, además, se opone a los programas de esterilización y adopción, porque no ofrecen la solución final inmediata que pregona con el exterminio de los perros. Según él, "[...] uno en realidad cuando adopta a un perro ya criado no sabe qué mete a su casa. Por lo general esos perros están acostumbrados a otras cosas y nadie puede garantizar que el animal no ataque en determinadas circunstancias".
Es ciertamente lamentable que un diario ofrezca tribuna a este tipo de personajes, que ocultan sus mentes criminales tras la fachada de diplomas universitarios obtenidos quién sabe cómo. Nada serio puede enseñar un señor como González y es una verdadera desgracia que tenga responsabilidades académicas de tan alto nivel en esa universidad. González predica lo que nuestras leyes consideran delito. Si lo que hace el vicedecano no es apología de la violencia y un llamado a violar la ley de protección animal, no sé verdaderamente qué cosa podría ser. No creo yo que la libertad de opinión se pueda extender a quienes pregonan constantemente la violación de las leyes.
Un llamado irracional de la misma calaña publica hoy La Tercera, que informa sobre las declaraciones del diputado de extrema derecha Juan Lobos (UDI, el partido que defiende los crímenes de Pinochet) pidiendo que se declare como peligrosos a los perros callejeros... a raíz del ataque de Rocky -el perro de doña María- que terminó con la muerte de don Ruperto. Sorprendente ausencia de lógica. El parlamentario, escribe La Tercera, "[...] afirmó que es hora que el Ejecutivo asuma con seriedad el problema y que se considere como peligrosos también a los perros callejeros, que circulan sin correa por espacios públicos". Desconociendo todos los estudios realizados y las cifras disponibles, el diputado agrega que "los chilenos, especialmente los niños y adultos mayores, ya no pueden disfrutar de las plazas y parques por temor a ser atacados por las jaurías de perros callejeros, mientras el resto de las personas debe esquivar las deposiciones de estos animales". Sólo le faltó gritar que muera la inteligencia.
En Antofagasta, también en estos días, el gobierno regional destinó fondos para un programa de control canino que incluye la aplicación de la eutanasia a perros desahuciados o, dice el periodista, "con problemas de rabia" (en La Tercera). 2 No queda claro en la nota periodística si es la municipalidad la que se encargará de la aplicación de este programa. El programa descrito encuentra justificación, según el autor de la nota, en la seguidilla de ataques de perros callejeros contra personas, aunque esta descripción violenta la realidad. Y la realidad es que, tanto en Antofagasta como en otras ciudades del país, la inmensísima mayoría de los ataques caninos contra los personas corren a cuenta de perros con dueño, que han sido adiestrados justamente por sus dueños para atacar a personas. La idea de que son los perros vagos los responsables de los ataques contra personas es simplemente un mito enfermizo (he comentado esta situación aquí) y un prejuicio tan bruto y enraizado que también da origen a notas periodísticas absurdas, que a veces también contamina a las autoridades. La Estrella de Chiloé del 22 de abril de 2009, por ejemplo, anunciaba en sus titulares que una jauría de perros vagos había atacado al ganado en una granja en Ancud. En la nota, sin embargo, se decía que los perros tenían dueño. Parece que la lógica del autor es que los perros que atacan son por definición vagos. Imbatible absurdo.
Tengo otro ejemplo de esta obstinación. En Talca en abril de este año, según informaba La Prensa, el municipio adoptó una serie de medidas contra los perros vagos "a raíz del salvaje ataque canino que sufrió una guagua". Sin embargo, según reconoció un portavoz de la propia municipalidad, "[...] el perro que atacó al menor tiene dueño, toda vez que pertenece a una persona del sector, de manera que hay alguien responsable detrás de este animal que se encontraba en la calle".
En El Mercurio de Antofagasta del 4 de mayo se publica una rara nota en la que un criador de perros, Cristian Pezo, enfatiza que el modo en que eduque a los perros, independientemente de su raza, es un factor determinante de su conducta ulterior y nivel de agresividad. Según Pezo, "la crianza del perro lo hace peligroso, porque hasta un poodle puede ser tanto o más dañino que un pitbull".
También llama Pezo la atención sobre ciertos aspectos de la sociología de los perros, destacando en especial las relaciones de subordinación entre los perros y la importancia del entorno sociológico, del espacio y del tipo de relación que tiene con los humanos. Los perros, como otras mascotas, tienen también historia, y gran parte de su conducta dependerá del modo en que se ha relacionado y relaciona con el grupo humano con el que vive, las funciones que se le asigne en el seno de la familia y sus relaciones con otros animales. Demuestra ignorancia y mala fe querer reducirlos a un amasijo de nervios e instintos. Son mucho más que eso.
Notas
1 El primer caso de una persona condenada a pena de prisión por maltrato animal ocurrió en Coquimbo, en enero de este año. Carlos Alfredo Briceño Toro mató a balazos al perro de su vecina. Fue procesado y condenado a 41 días de prisión, más 61 días por porte ilegal de arma de fuego y la suspensión de cargo público durante el tiempo de la condena. De ser procesada, doña María corre el riesgo de recibir una pena similar. La nota está en perros.wordpress.com
2 Similarmente, hace poco se quejaba el vicepresidente del Colegio Médico Veterinario de Chile, Fernando Álvarez, de que en Chile "usted no puede tocar a un perro vago", poniendo en cuestión o rechazando, como el vicedecano González, los programas de esterilización y adopción (en La Nación).
3 El autor de la nota periodística parece tener la estrambótica idea de que cuando se dice perros con rabia, se quiere decir perros enrabiados o furiosos. Escribe en la nota que el programa del gobierno regional es impedir que "las personas sigan siendo mordidas por la rabia [sic] de perros sin dueño".
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